martes, 10 de diciembre de 2013

miércoles, 9 de octubre de 2013

VÍDEOS ANIMADOS SOBRE LA REFORMA LABORAL









EL MOVIMIENTO OBRERO

Os dejo unos vídeos sobre el nacimiento del MOVIMIENTO OBRERO en España






EJERCICIOS TEMA "EL DERECHO DEL TRABAJO"

1.Indicar si las siguientes actividades están reguladas o no por el Derecho Laboral:
a).Un estudiante del ciclo formativo de cocina ayuda los fines de semana en el restaurante que tienen sus padres .A cambio recibe una propina
b).Los vecinos de un municipio, con edades comprendidas entre 18 y 60 años, han sido llamados por las autoridades locales para colaborar con Protección Civil en las tareas de sofocar un incendio forestal.
2.Un joven estudiante español acaba de leer una noticia sobre un reglamento de la Unión Europea en materia pesquera.El artículo señala  que el reglamento entrará en vigor en nuestro país dentro de veinte días, y que dicho reglamento contradice una ley ordinaria española.
¿Crees que es posible que el reglamento de la Unión Europea se aplique si contradice una norma del Estado Español?Razona la respuesta
3.En las siguientes actividades , identifica qué características específicas tienen para que se consideren como no laborales, y por lo tanto no reguladas por el Derecho del Trabajo:
a) Trabajador por cuenta propia
b) Alumno de un ciclo de Grado Medio que realiza el módulo de Formación en Centro de Trabajo.
c) Voluntario de una ONG
d) Miembro de una mesa electoral.
4.En un taller de chapa y pintura trabajan el propietario del mismo,el jefe del taller (que tiene contrato indefinido )un oficial de tercera que tiene un contrato temporal y un estudiante que está realizando las prácticas correspondientes al módulo de Formación en Centro de Trabajo del ciclo de Grado Medio de Carrocería
.Indica en cuáles de los supuestos planteados se dan las características para que exista actividad regulada por el Derecho del Trabajo

EJERCICIOS RELACIONES LABORALES

De las siguientes actividades decir qué tipo de  Relación Laboral hay:

a. En un pueblecito de la Sierra Madrileña , el ayuntamiento pide ayuda para apagar un fuego  que se extiende por varias hectáreas y que con los bomberos que hay no tienen suficiente personal

b. Pedro y Juan son dos hermanos que realizan tareas en el domicilio familiar, uno se encarga de las domésticas y el otro de los arreglos de una avería que hay en la cocina

c. Elena ha contratado a un payaso para la fiesta de cumpleaños de su hijo Javier que cumple 6 años.

d. Ana Pérez es una funcionaria  que trabaja en los juzgados de lo social de Ávila con una jornada de 8.30 h a 15:00 h

e.Tres amigos que son representantes del comercio

f. La hermana de María tiene un jardín  con   tres olivares de aceitunas verde oliva.Ella se ha roto una pierna y ha pedido a sus vecinos que se las recoja.

g. Rafa Nadal juega una final de tenis en las Rozas

h .Un auxiliar  administrativo que trabaja desde hace seis meses en el departamento de Recursos Humanos  del portal inmobiliario Idealista .com

martes, 8 de octubre de 2013

TRABAJO SOBRE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES


El trabajo deberá contener los siguientes apartados:

1- Concepto de Derecho fundamental: ¿qué es? ¿para qué sirve?

2- ¿Dónde se regulan? ¿por qué normas se desarrollan?

3.- ¿Cuáles son y qué significa cada uno?.

4.- Elige uno de los derechos fundamentales y:


  1.  Explíca más detalladamente su significado. 
  2. Habla de su historia. 
  3. Busca una noticia en la prensa que hable de este derecho o en la que se vulnere este derecho y coméntala. 
Extensión mínima: 3 páginas. Fecha límite de entrega: día de antes del 2º examen de FOL de la 1ª evaluación.

Ejercicios



RELACIONES DE TRABAJO Y PARENTESCO




1.      ¿Qué relación de parentesco hay entre…?

    1. El tío y el sobrino.
    2. Abuelo y bisnieto.
    3. Abuelo y mujer del nieto.
    4. Entre primos.
    5. Entre las mujeres de 2 hermanos.
    6. Entre un padre y la mujer de su hijo.

2.      Nombra 3 ejemplos de Relaciones laborales especiales.
3.      Nombra 3 ejemplos de Relaciones laborales normales.
4.      Nombra 3 ejemplos de Relaciones no laborales.

5.      ¿Qué tipo de relación hay entre…? ¿Y por qué normas se regula?

a.       Una señora de la limpieza de una empresa que entra a trabajar a las 10 y sale a las 2, y cuando llega tiene un armario con productos del limpieza y fregonas de la empresa.
b.      Un primo al que contratas como ayudante de oficina durante un año.
c.       Un carpintero del Ikea.
d.      Tu hermano y tú montáis un club de tiro con arco y tú le pagas 50€ por llegar 30 min antes que tu a trabajar todos los días.
e.       Un auxiliar administrativo que trabaja desde hace meses en un departamento de contabilidad de un hospital con contrato indefinido.
f.       Un capo de la mafia que trabaja de bibliotecario en la cárcel.

6.  EN EL BAR DE IRENE. Irene regenta un restaurante de su propiedad. Además, los sábados por la mañana trabaja en el comedor de una ONG que da un servicio de comidas para indigentes. En el negocio de Irene también colaboran las siguientes personas:

a.       Raúl: camarero del restaurante desde hace 3 años. Percibe un salario mensual de 1200€.
b.      Augusto: es hijo de Irene y trabaja como auxiliar administrativo en el Ministerio de Administraciones públicas. Ayuda a su madre en el restaurante algunas noches.
c.       Inmaculada es estudiante del clclo formativo de grado  medio de técnico en servicios de restaurante y bar. Trabaja de lunes a viernes en el restaurante de Irene, pero no recibe salario por ello.

1.- Señala las relaciones laborales que se describen en el enunciado, identificando sus características.

2.- Indica las actividades que no están reguladas por el Derecho del Trabajo / laboral y explica las razones.

Relación Laboral


  1. Fuente:  http://elpais.com/diario/2010/11/28/negocio/1290955651_850215.html

    Delimitar la relación laboral de otras figuras afines es una de las cuestiones más complejas del derecho del trabajo y una de las que más se plantean ante los tribunales. En muchos casos se intenta "disfrazar" el contrato de trabajo bajo otras modalidades contractuales similares, civiles o mercantiles, a fin de eludir los deberes y responsabilidades que el ordenamiento jurídico laboral impone al empleador, por no hablar de la posibilidad de esquivar las obligaciones con la Seguridad Social, "escondiendo" para ello la dependencia y ajenidad, características básicas del contrato de trabajo.

    Dependencia y ajenidad son conceptos muy abstractos, se pueden manifestar de muy distintas formas, lo que hace difícil su constatación. De ahí que en la resolución de los casos litigiosos deba recurrirse para identificarlas a un conjunto de hechos indiciarios de una y otra. Son indicios comunes de la "dependencia" la asistencia al centro de trabajo del empleador o al lugar de trabajo designado por este; el sometimiento a un horario; el desempeño personal del trabajo; la inserción del trabajador en la organización de trabajo del empresario que se encarga de programar su actividad y, reverso del anterior, la ausencia de una organización empresarial propia del trabajador. Y son indicios de la ajenidad la entrega o puesta a disposición del empresario por parte del trabajador de los productos elaborados o de los servicios realizados; la adopción por parte del empresario de las decisiones concernientes a las relaciones de mercado o con el público, como fijación de precios o tarifas, y la selección de clientela, o personas a atender; el carácter fijo o periódico de la remuneración del trabajo, y su cálculo con arreglo a un criterio que guarde una cierta proporción con la actividad prestada, sin el riesgo y sin el lucro especial que caracterizan la actividad del empresario o el ejercicio libre de las profesiones.

    En nuestro derecho es principio general que la calificación de los contratos no depende de la denominación que les atribuyan las partes, sino de la configuración efectiva de las obligaciones asumidas en el acuerdo y de las prestaciones que constituyen su objeto, por lo que, sea cual sea la "fórmula" elegida para "enmascarar" una relación, la realidad de los hechos tendrá siempre la última palabra.

Noticia

Ryanair, condenada en Francia a pagar nueve millones por sus prácticas laborales

Según el juez, la aerolínea infringió la ley al no pagar las cotizaciones de sus empleados en el aeropuerto de Marsella


Un avión de Ryanair en el aeropuerto de Marsella. / A. POUJOULAT (AFP)
La aerolínea irlandesa de bajo coste Ryanair ha sido condenada este miércoles a pagar cerca de nueve millones de euros por infringir el código de trabajo francés en el aeropuerto de Marsella-Marignane, en el sur de Francia.
La compañía ha sido sancionada por “trabajo clandestino”, empleo ilícito del personal de cabina y por impedir el funcionamiento del comité de empresa y del ejercicio del derecho sindical entre 2007 y 2010. Ryanair no había declarado su actividad en el aeropuerto francés ni en el registro comercial ni en la Seguridad Social, y sus 127 empleados dependían del derecho irlandés.
Un decreto de 2006 estipula que el código de trabajo francés se aplica a las empresas de transporte aéreo que disponen de una base de operaciones en Francia. Ryanair, que ha intentado eludir dos veces su comparecencia ante la justicia, sostiene que solo lleva a cabo el “mantenimiento” de sus aviones instalados en Marignane y que su personal depende de su sede en Dublín (Irlanda).
La acusación defiende, sin embargo, que Ryanair “juega con las palabras” y que su actividad en el aeropuerto queda demostrada por la presencia de dos locales, de equipamiento, y por el hecho de que los empleados de la empresa vivían en la región.
El Tribunal Correccional de Aix-en-Provence, a unos 30 kilómetros de Marsella, ha condenado a la aerolínea a pagar, en concreto, una multa de 200.000 euros, a los que se suman 4,5 millones de cotizaciones sociales impagadas, tres millones para el sistema de pensiones, 450.000 euros para la oficina nacional de empleo, Pôle emploi, e indemnizaciones para varios sindicatos de pilotos.
“Al negarse a someterse a la legislación francesa en materia de cotizaciones sociales, la compañía Ryanair ha organizado un verdaderodumping social que le permite reducir gastos de explotación, sobre todo, los relativos al personal”, reza la sentencia.
Ryanair anunció, por su parte, este martes en un comunicado su intención de recurrir “una decisión negativa y cualquier intento de las autoridades francesas de exigir el pago de las cotizaciones sociales que ya han sido pagadas en Irlanda”.


NOTICIAS RELACIONADAS

La Revolución Industrial

En estos, aproximadamente 25 - 30 min., se explica de manera detallada el origen de la Revolución Industrial en Inglaterra, sus protagonistas y sus principales causas y efectos. 






¿MÁS LEYES? Noooooo


Aquí os dejo un monólogo interesante Que os guste.

lunes, 7 de octubre de 2013

Los Esclavos

Al explicar el origen de las relaciones laborales, es importante ver cómo los Esclavos constituyeron en su origen, el antecedente más remoto de relación entre trabajador y empresario, que aunque no era una "relación laboral" como tal; pues la relación entre el "amo" y el esclavo carecía de la nota de "libertad", el trabajo no era libre, sino forzoso, aunque sí cumplía el resto de notas : trabajo humano, por cuenta ajena y dependiente del amo, pero NO LIBRE. 

Estos vídeos exponen  un resumen de esta situación en Roma y se centra en la figura de Espartaco como uno de los esclavos que más lejos llegó





Una película que plasma de manera muy gráfica el trato que se les daba a los esclavos en Roma el "El planeta de los simios" (2001) , aunque los esclavos son  humanos frente a monos, la esencia de la esclavitud romana queda representada a la perfección.

Presentación




Bienvenidos todos a mi blog, vuestro blog ROCK and FOL que he creado con el fin  de poneros aquí los vídeos,ejercicios ,noticias y enlaces que a lo largo de este curso quiero que consultéis y sobre algunos de los cuales deberéis trabajar.



Este es el único fin  de este blog y por ello los contenidos del mismo estarán estrictamente relacionados con la materia de FOL (Formación y Orientación Laboral)  y sólo se expondrán aquí con la única y exclusiva intención de que los alumnos las consulten. Esto es, con fines únicamente didácticos.
Dicho esto, espero que os guste.